
Esta mañana hablaba con un compañero que produce vinos y me decía que, en los últimos años, determinadas variedades de uva en ciertas regiones de Murcia, habían bajado su producción hasta dos tercios del total. Los motivos que arguía estaban fundamentalmente relacionados con la escasez y la forma en la que llovía actualmente. Comentaba que no sólo llueve menos días, si no que lo hace «de golpe», en forma de trombas o DANAs. De esta manera tan energética, el agua no llega a empapar la tierra y se acaba yendo por las escorrentías.
Es importante investigar algunas de las cosas que hace la Unión Europea para mitigar (tarde en muchos casos), esto que algunas personas llaman «cambio climático» y otras «esto no es nada nuevo». Hablaremos de la Segunda Modificación de las Directrices Nacionales para las Intervenciones Medioambientales y Climáticas del Sector de las frutas y Hortalizas del Reino de España. Más concretamente, del pliego de condiciones técnicas para la aplicación de la Política Agrícola Común (PAC) 2023-2027 en el sector hortofrutícola español.
A menudo hablamos de la importancia de la biodiversidad, el control de plagas, la mejora de los cultivos, la implantación de setos, etc. No es casualidad que tratemos de todos estos temas, puesto que están interrelacionados. En el fondo son sólo uno y el nombre genérico podría ser el de «restauración ecológica». La consecuencia?… poder mejorar las producciones y hacer más resilientes los cultivos.

INTERVENCIONES MEDIOAMBIENTALES Y CLIMÁTICAS
Su finalidad principal es asegurar que las Organizaciones de Productores de Frutas y Hortalizas (OPFH, a menudo cooperativas) cumplan con el gasto mínimo obligatorio en acciones medioambientales y climáticas en sus Programas Operativos, garantizando que estas inversiones sean elegibles y homogéneas a nivel nacional. El contexto normativo se basa en el Reglamento (UE) 2021/2115 de la nueva PAC, el cual exige que al menos el 15% de los gastos del programa operativo de una OPFH deben cubrir intervenciones relacionadas con objetivos medioambientales y climáticos. Además, el programa debe incluir tres o más acciones relacionadas con estos objetivos.
Las Directrices, elaboradas por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), son el instrumento para especificar qué tipo de inversiones y acciones son elegibles para computar dentro de este porcentaje mínimo. Esto asegura que la ayuda financiera de la UE se dirija a prácticas que realmente superen los requisitos legales básicos y generen un beneficio ambiental directo y significativo.

ESTRUCTURA Y REQUISITOS GENERALES
El documento del que hablamos, se estructura en tres partes principales:
Requisitos Generales: Condiciones de obligado cumplimiento para la elegibilidad de las acciones.
Guion Resumen de Acciones: Un listado categorizado de las acciones posibles.
Anexo Detallado: Especificaciones de cada acción (compromisos, justificación de impacto, costes máximos y documentación).

Requisitos de Elegibilidad Clave: Para ser subvencionadas, las acciones deben:
. Superar el Nivel de Referencia: Ir más allá de los requisitos legales y de las normas obligatorias (condicionalidad de la PAC) y de la práctica habitual.
. Ser Nuevas y Complementarias: No deben suponer la continuación de prácticas preexistentes y deben ser compatibles con otras acciones del programa.
. Evitar la Doble Financiación: Se prohíbe el apoyo a inversiones de idéntica naturaleza y finalidad durante el periodo de mantenimiento establecido (generalmente, al menos cinco años para inversiones).
. Justificación Rigurosa: Se exige un estudio técnico previo para inversiones que detalle la situación inicial, los permisos, el objetivo y la mejora medioambiental esperada. La verificación del cumplimiento puede requerir fotografías georreferenciadas.

GRUPOS TEMÁTICOS DE INTERVENCIÓN (Clasificación Ambiental)
Las Directrices agrupan las acciones en diez grupos temáticos, alineados con los objetivos del Octavo Programa de Acción en materia de Medio Ambiente de la Unión Europea. La mayoría de los grupos se enfocan en proteger, conservar y recuperar el capital natural (suelo, agua, biodiversidad).
Grupo Temático Foco Principal de la Intervención Ejemplos de Acciones (Anexo)
- Calidad del Suelo Aumento de materia orgánica, lucha contra la erosión. Cubiertas inertes, uso de compost, abonado en verde.
- Calidad del Agua Reducción de la contaminación, recirculación, reutilización. Instalaciones de depuración, sistemas de recirculación en invernadero.
- Calidad del Aire Reducción de emisiones contaminantes. Uso de maquinaria eléctrica, mejora de la eficiencia de filtros.
- Uso Sostenible de Recursos Hídricos Ahorro de agua, recarga de acuíferos, aprovechamiento. Modernización de regadíos, recarga de acuíferos, sombreo de embalses.
- Gestión Integrada de Plagas Reducción del uso de productos químicos. Control biológico, feromonas, producción ecológica/integrada.
- Hábitat y Biodiversidad Restauración ecológica, fomento de fauna auxiliar. Cajas nido, puntos de agua, setos, inventarios de biodiversidad.
- Mitigación del Cambio Climático Eficiencia energética, reducción de CO2. Energía renovable (solar/eólica), ecodiseño de edificios, variedades adaptadas.
- Reducción de Residuos Valorización, tratamiento de subproductos, plásticos biodegradables. Uso de elementos de entutorado biodegradables, obtención de biogás.
- Contaminación Acústica Reducción del ruido ambiental. Acciones no detalladas en el índice.
- Compromisos Adquiridos Compromisos de desarrollo rural que aplican al 80% de los miembros. Acciones de tipo agroambiental/climático.

MECANISMO DE SUBVENCIÓN PARA RESTAURACIÓN ECOLÓGICA
Un aspecto fundamental de estas Directrices es cómo se financian las medidas de restauración ecológica y fomento de la biodiversidad, que se agrupan en el Grupo 6: Mantenimiento del Hábitat y la Biodiversidad (y parcialmente en el Grupo 8).
La Acción A.x.1 y el Flujo de Fondos
La acción A.x.1 y otras relacionadas abordan explícitamente la restauración ecológica a nivel de la finca, incluyendo:
«Implantación de setos o zonas de vegetación silvestre en la parcela para favorecer la biodiversidad y el mantenimiento/restauración del paisaje. Reforestación… charcas, bebederos para fauna silvestre, cajas nido…»
El mecanismo de las Directrices establece claramente que:
La OPFH (Cooperativa) es la Beneficiaria: Es la organización la que presenta el Programa Operativo, solicita el Fondo Operativo y recibe la ayuda comunitaria (FEAGA).
La OPFH Financia al Propietario/Agricultor: Los gastos de estas acciones se incluyen en el presupuesto del Programa Operativo de la OPFH. De esta forma, cuando el propietario de la finca (miembro de la OPFH) instala estas medidas (por ejemplo, las cajas nido o los puntos de agua), lo hace en el marco de la acción aprobada del Programa Operativo.
Justificación del Coste: El importe máximo del pago para estas acciones, incluyendo las de restauración ecológica, es a menudo por el Coste Real de la inversión realizada (Pagos en base a Factura – F), tal como se indica en la tabla resumen.
Todo lo anterior impolica que todas aquellas medidas de restauración ecológica llevadas a cabo en la finca por el propietario, como la instalación de cajas nido para aves insectívoras, la creación de puntos de agua para fauna silvestre y la implantación de setos, serán subvencionadas, financiadas o cubiertas por la cooperativa u OPFH a la que pertenece el agricultor, con cargo al Fondo Operativo.

Este sistema es vital para que las OPFH cumplan con su porcentaje ambiental obligatorio, al tiempo que aseguran que las medidas se implementen de manera práctica y efectiva en las fincas de sus miembros.
TIPOS DE FINANCIACIÓN
Las Directrices definen dos tipos de financiación para las acciones elegibles:
Pago en base a Factura (F): Se refiere al coste real de la inversión realizada (típico de grandes inversiones como maquinaria, instalaciones de energía renovable, o la adquisición e instalación de elementos de restauración ecológica).
Pago a Tanto Alzado (TA): Se utiliza para costes más específicos o fungibles, como el coste de los insumos o el sobrecoste de una práctica agrícola concreta (ej.: utilización de compost, coste específico de abonos orgánicos, o el coste de trampas y feromonas).
CONTROL Y SEGUIMIENTO
Las Directrices enfatizan la necesidad de control y justificación. Las OPFH deben aportar documentación específica (estudios técnicos, calendarios, justificantes de asistencia a formación) y, si el organismo competente lo requiere, fotografías georreferenciadas para verificar la correcta ejecución de los compromisos. Esto asegura la trazabilidad y la eficacia de los fondos invertidos.
Como hemos visto, «lo de antes es lo de ahora». En otras palabras, lo que hacían nuestros bisabuelos, es lo que se pretende poner de moda ahora. Somos más, hay más superficie cultivada, hay menos bosque por tanto mucha menos agua. El momento de hacer las cosas bien, ES AHORA.

PEQUEÑOS REFUGIOS para GRANDES CAMBIOS…….
Síguenos en las RRSS; #cajasnidorecicladas
Este artículo no ha sido escrito con IA ni AI.


